sábado, 23 de julio de 2011

La ilegal librería EDUCAL en La Conchita: Parte 4 (Última)


Ahora, cuatro meses después la Delegación, aduciendo que ya se han satisfecho los requerimientos en los que se basó la clausura y que no existe evidencia de irregularidad alguna, ha retirado los sellos y CONACULTA- EDUCAL han tomado la decisión de reanudar su obra, no obstante que las irregularidades denunciadas permanecen sin ser resueltas; y, en el colmo del cinismo y actuando en la peor de las tradiciones leguleyas de este país, han promovido un amparo en contra de cualquier medida administrativa por parte de la Delegación. 
Los vecinos seguimos insistiendo en nuestras demandas iniciales. El predio adquirido por EDUCAL es de uso habitacional y así debe quedarse. SEDUVI no nada más debe reconocer, como ya lo ha hecho, que los diferentes certificados que ha expedido en relación al uso de suelo del predio en cuestión están viciados de origen, sino, además, debe iniciar la brevedad un juicio de lesividad y así, aunque sea de manera limitada resolver las irregularidades en las que ha incurrido y mitigar mínimamente el daño que ha permitido se produzca en el patrimonio de la ciudad.
Existen solicitudes de diferentes colonias y delegaciones de nuestra ciudad para que el centro y la librería se instalen ahí. Consideramos que CONACULTA EDUCAL deben de hacer a un lado su política cultural elitista. La oferta e infraestructura cultural que existe en Coyocán es la más grande de la ciudad; para qué dar más a los que ya tenemos más. En Coyoacán hoy en día existen 58 librerías operando (quitando ya la del Parnaso que fue cerrada por incosteabilidad); si CONACULTA EDUCAL están para promover la cultura y apoyar los programas de difusión y promoción de la lectura y no para hacer negocios, es evidente que insistir en instalar su librería y centro cultural en Fernández Leal es ir en contra de la política cultural que este país requiere.
A lo largo de todo este proceso nos hemos encontrado con actuaciones de funcionarios públicos que requieren ser denunciadas. Estamos estudiando diferentes opciones para actuar en consecuencia.
Insistimos, con el levantamiento de sellos de clausura que se habían logrado con la denuncia vecinal, y lo obvio de la intención de todos los involucrados en este asunto de imponer una obra, a todas luces, violatoria de los más elementales derechos de ciudadanos, lo único que han logrado es ahondar la percepción de desconfianza que abruma a una buena parte de los mexicanos, que sin una protección real de tantas instancias que le cuestan al erario y que no resuelven nada, no le dejan más salida que buscar opciones fuera de nuestras fronteras, o llegar a manifestaciones como las que se están dando en diversas delegaciones, y que no abonan ni a la seguridad de las personas ni a la certeza jurídica que debería existir en caso de ser una nación con un autentico estado de derecho.

La ilegal librería EDUCAL en La Conchita: Parte 3

En mayo de 2010 (1), SEDUVI, con base en el documento de abril de 1991, otorga a EDUCAL un certificado de zonificación de uso de suelo convalidando los supuestos derechos adquiridos y, no sólo eso, sino ahora autoriza al predio como ES (Equipamiento y Servicios), lo que posibilita el establecimiento hasta de un restaurante, un bar y una amplia gama de servicios comerciales.
SEDUVI, violando sus propios procedimientos aplicables al caso, otorga este nuevo uso de suelo, aduciendo primero que no es un cambio de uso de suelo, equiparando (homologando) una supuesta escuela y productora de cine con un centro cultural y una librería y, segundo, autorizando a EDUCAL  hacer prácticamente lo que le plazca en el predio (2).
Ante las muestras de descontento vecinal y como una forma de disfrazar su proceder ilegal, SEDUVI ha cambiado ese certificado en dos ocasiones más (en un intento por demás desaseado de subsanar sus errores y procurando adecuar su actuar a la nueva ley de desarrollo urbano, por cierto rechazada en muchos de sus aspectos por prácticamente todas las delegaciones del DF). Es más, la dirección jurídica de SEDUVI mediante su oficio DGAJ/324/2011 -firmado por el titular de esa dirección- y con fecha de 17 de febrero de este año describió con lujo de detalles el cúmulo de irregularidades y violaciones que se cometieron para dar validez al supuesto certificado de uso de suelo que ha servido a CONACULTA-EDUCAL para justificar su obra, e incluso, en esa misma fecha fuimos informados que el Director responsable de otorgar ese certificado había sido despedido y seguramente se le fincarían responsabilidades penales (3).
A las irregularidades descritas se puede agregar el hecho de que en el predio en cuestión se ubicaba una casa que, además de encontrarse dentro de la Zona Histórica del Barrio de La Conchita, había sido catalogada por el INBA como de interés artístico y, por tanto, cualquier modificación que se le haga requiere la autorización del INAH como del propio INBA. Los permisos obtenidos por EDUCAL para modificar la casa del predio que adquirió se realizaron en un tiempo récord (tres semanas), cuando, cualquier vecino lo puede atestiguar, estos trámites lo usual es que demoren más de un año. La documentación que tenemos sobre estas autorizaciones muestra la negligencia y premura con que se dieron estas autorizaciones, evidentemente para apurar los tiempos de un proyecto planteado con tanto desaseo (4).
La denuncia y presión vecinal llevaron a la Delegación de Coyoacán a clausurar la obra ya  iniciada debido a haber encontrado diversas anomalías en la manifestación de construcción.

Notas 
[1] En contra de esta “interpretación” ofrecida por SEDUVI (supuestamente en abril de 1991), existe una solicitud ante la Delegación de Coyoacán, con fecha del 16 de julio de 1990, realizada por Video Cine, SA de CV, ocupantes del predio en esas fechas, para obtener una constancia de zonificación para el giro de producción y distribución de película cinematográfica nacional y extranjera de cualquier militraje (sic). A esta solicitud, la Delegación notificó el 9 de agosto del mismo año la No Procedencia, en virtud de que el predio se localiza en zona H-1 y conforme a los artículos 40 y 42 del Reglamento de Zonificación vigente en aquel entonces “el uso de suelo para productora de película cinematográfica está prohibido”. ¿Cómo es posible que 8 meses después, SEDUVI, el 4 de abril de 1991, ante una solicitud semejante responde convalidando para el predio supuestos derechos adquiridos para “Producción y Distribución de Películas Cinematográficas”? Es evidente que el supuesto certificado de 1991 es totalmente irregular, por decir lo menos.    
[2] Con ese dictamen SEDUVI, para la instalación de la Librería y Centro Cultural EDUCAL, otorga la Zonificación ES (Equipamiento de Servicios, Administración, Educación y Salud, Museos, Casas de Cultura e Instalaciones Religiosas) y permute los usos complementarios de Cafetería, Restaurante, Internet; Galerías de Arte, Museos, Centros de Exposiciones Temporales y al Aire Libre, con los usos compatibles de Centros de Exposiciones de Pinturas y Arte en general, (con usos complementarios de  Cafetería, Restaurante, Bar, Internet y  Salas para Presentaciones de Eventos Artistas y Culturales). Salas de Exposiciones y Conferencias y Aulas de Capacitación y Talleres. Permite, además, el incremento en la superficie construida (cosa que la ley explícitamente no permite) y les exime de más de 100 cajones de estacionamiento, permitiendo a la librería contar con sólo 20 cajones destinados a sus trabajadores.
La propia Delegación de Coyoacán llevó a cabo un breve análisis de este certificado otorgado por SEDUVI e identifica varias anomalías; entre ellas destaca el hecho de que nunca se indica si la Tabla de Usos empleada para la "homologación" fue publicada e inscrita en el Registro de Planes y Programas, aspecto que SEDUVI nunca ha podido probar.   
[3] Ingeniero Antonio Martínez Herrera.
[4] El proyecto del centro cultural y la librería cambian por completo el "estilo" de las construcciones de la zona; una hubiera esperado que los dictámenes del INAH y de Bellas Artes hubieran abordado esta cuestión con algo más que un trámite express.

viernes, 22 de julio de 2011

La ilegal librería EDUCAL en La Conchita: Parte 2

El predio ubicado en Fernández Leal 43 fue adquirido por EDUCAL S.A. de C.V. (uno de los brazos  mercantiles de CONACULTA) con la finalidad explícita de contar con una librería emblemática (le llaman “ancla” en el argot mercantil) y poder competir por el mercado librero de la zona (EDUCAL siempre ha operado con números rojos) (1).
La operación de compraventa del predio se realizó con base en los 20 millones de pesos que el gobierno federal autorizó en su presupuesto de egresos de 2009; y para el presupuesto de 2010 se autorizaron 100 millones más para el proyecto, pero ahora para una supuesta “Librería de la Mujer” (2).
Los contratos que amparan la compra del predio (por cierto, operación “interesante” realizada mediante dos escrituras, con fechas de abril y de agosto de 2009, respectivamente) (3) hablan de que el predio tiene un uso de suelo “mixto”, amparándose en un supuesto certificado autorizado del 4 de abril de 1991.
La ilegalidad de todo el proceso (“viciado de origen”) que EDUCAL ha seguido para pretender construir su librería tiene su origen precisamente en este supuesto certificado:
-          Por una parte este documento, que en realidad es una solicitud presentada ante SEDUVI por antiguos dueños del predio, forma parte del paquete de certificados que a petición de las autoridades de la Delegación de Coyoacán actualmente investiga la PGDF por sospecharse que son apócrifos (4).
-          En este documento se plantea que ya que antes de la entrada en vigor del Programa Parcial del Centro Histórico de Coyoacán, que determinaba sólo el uso habitacional del predio en cuestión, había operado ahí una escuela y productora de cine con funciones muy específicas, luego entonces, por la figura de “derechos adquiridos”, el predio podía tener un uso distinto al puramente habitacional y ser utilizado como escuela y productora de cine (5).
-          En este punto es importante señalar que los “derechos adquiridos” de un uso de suelo de un predio se pierden si por más de un año no se ejerce este derecho (6). 
     A lo largo del periodo de 1991 a 2009 el predio no fue empleado de manera continua como escuela y productora de cine. Hubo periodos muy largos en donde el predio estuvo prácticamente abandonado e, incluso, por más de cinco años (noviembre de 1994 a mayo de 2000) fue utilizado como oficinas del Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) (7). Luego entonces, aceptando, sin conceder, la validez del supuesto certificado de abril de 1991; los derechos adquiridos argüidos habían perdido su vigencia; es decir el predio había recuperado el uso de suelo original (habitacional puramente) (8).


Notas:
[1] Véase el resumen ejecutivo del proyecto.
[2] Presupuestos de egresos de 2009 y 2010.
[3] Tenemos copia de ambos contratos.
[4] Averiguación previa número
[5] En contra de esta “interpretación” ofrecida por SEDUVI, supuestamente en abril de 1991, existe en los archivos de la Delegación de Coyoacán una solicitud con fecha del 16 de julio de 1990 realizada por Video Cine, SA de CV, ocupantes del predio en esas fechas, para obtener una constancia de zonificación para el giro de producción y distribución de película cinematográfica nacional y extranjera de cualquier militraje (sic). Ante esta solicitud, la Delegación notificó a la empresa el 9 de agosto del mismo año la No Procedencia en virtud de que el predio se localiza en zona H-1 y conforme a los artículos 40 y 42 del Reglamento de Zonificación vigente en aquel entonces “el uso de suelo para productora de película cinematográfica está prohibido”. ¿Cómo es posible que 8 meses después SEDUVI, el 4 de abril de 1991, convalida para el predio supuestos derechos adquiridos para “Producción y Distribución de Películas Cinematográficas”?  
[6] Ley de Desarrollo Urbano vigente.
[7] Se cuenta con la copia de los contratos de arrendamiento.
[8]  El 4 de julio de 2008 El Instituto Ruso Mexicano de Arte Cine y Teatro Serguei Eiseinstein, A.C. lleva a cabo ante las oficinas de la delegación de Coyoacán la Declaración de Apertura para Establecimiento Mercantil (Folio 444) en el predio en cuestión, y presenta como parte de la documentación requerida en lo referente al uso de suelo la Solicitud de Constancia de Zonificación de uso del Suelo de abril de 1991 (Folio 010864)     

La ilegal librería EDUCAL en La Conchita: Parte 1

Desde noviembre del 2009 los vecinos del barrio de la Conchita en Coyoacán (1) hemos venido denunciando la arbitraria e ilegal decisión de funcionarios del ámbito federal y del GDF de construir una librería comercial junto con un centro de eventos (Centro Cultural Elena Garro) en la calle de Fernández Leal 43 (2).
En esta calle (con sentido de sur a norte, angosta, sin prohibiciones de estacionamiento lo que la convierte en una calle de un solo carril) en el tramo que va de Av. Pacífico a Av. Hidalgo vivimos un poco más de 100 familias que sufrimos ya las consecuencias negativas de la violación al uso de suelo habitacional que a lo largo de las últimas dos décadas han permitido las autoridades delegacionales. Así, en menos de 300 metros encontramos un parque público (Frida Kahlo) en donde la delegación ilegalmente también organiza en forma periódica eventos multitudinarios, la plaza de la capilla de La Conchita, dos restaurantes sin estacionamiento propio (con servicio de valet parking y la consecuente disputa del espacio público por el lugar de estacionamiento), tres escuelas (entre ellas la de la Superior de Música de CONACULTA, también sin estacionamiento propio), una zona de comercio informal, una clínica oftalmológica privada e, incluso, hasta una clínica familiar del ISSSTE.
Cualquier persona que pase por nuestra calle podrá ser testigo de los enormes problemas de vialidad que tenemos y las enormes molestias que tanto transeúntes como automovilistas tienen que enfrentar al pasar por ahí.
En esta situación no vemos cómo una autoridad con un conocimiento mínimo de las condiciones viales de esta calle autorice que se instale una librería, junto con otros negocios y actividades relacionadas, que en su justificación afirma que tendrá una afluencia diaria entre 700 y 900 personas (entre nacionales y extranjeras) (3).
De igual forma no nos explicamos cómo una supuesta autoridad cultural pueda ignorar todas estas molestias que el proyecto de la librería causará al entorno y a los vecinos(4).
Ya los problemas de seguridad en la zona son alarmantes y con todo esto no dudamos que  se habrán de incrementar (5). (Cont...)

Notas:

[1] El barrio de La Concepción (La Conchita) está inscrito en el Programa Parcial del Centro Histórico de Coyoacán que establece que su uso de suelo es habitacional.
[2] Hemos enviado ya dos cartas a la Presidencia de la República exponiendo nuestras razones del porqué es inadecuado instalar una librería en la calle de Fernández Leal.
[3]  Resumen del Proyecto.
[4]  Se han enviado al menos dos cartas a la titular de Conaculta exponiéndole nuestros puntos de vista sin que a la fecha, más de un año después, se haya dignado contestarnos.
[5] Como ha ya ocurrido en otras zonas del Centro Histórico de Coyoacán en donde se ha observado que al aumentar el número de visitantes han aumentado los problemas de seguridad.